Prevención de lavado de dinero
El día 17 no espera.
Si tu empresa está obligada por la Ley Antilavado (Art. 17 LFPIORPI), cada mes tienes que dar de alta a tus clientes, revisarlos contra listas de riesgo y presentar tu aviso o informe en ceros. Rafik opera ese ciclo completo, con un abogado titulado que responde por cada aviso.
Lo que recibes
Expediente PLD por cliente, screening antes de operar y el aviso mensual presentado a tiempo, con la evidencia lista para una visita de verificación.
Tres fracciones, tres presiones distintas
La obligación es la misma ley, pero el dolor que la activa cambia según tu actividad.
Arrendamiento
Fracción XV. Casi 34,000 sujetos obligados en México rentan bajo este supuesto. Cada contrato de renta que cruza el umbral de la ley activa el alta del inquilino en tu expediente PLD, no solo en tu control de cobranza.
Aplica desde rentas mensuales que superen el umbral vigente de la fracción XV.
Desarrollo y venta inmobiliaria
Fracciones V y V Bis. Cerca de 25,200 empresas obligadas. Cada preventa, escrituración o cesión de derechos es una operación que hay que identificar, acumular y, si corresponde, avisar, antes de que el SAT pregunte por qué no se hizo.
Aplica por operación de compraventa, construcción o desarrollo que exceda el umbral de la fracción.
Venta de vehículos
Fracción VIII. 1.24 millones de avisos al año salen de este sector, el universo más grande de las tres. Cada unidad que se vende por encima del umbral es una identificación de cliente que el equipo de piso no está pensando en hacer.
Aplica por unidad vendida que supere el umbral de la fracción VIII.
El ciclo PLD completo, operado, no solo asesorado
No es una consulta cuando surge la duda. Es un proceso que corre todos los meses, tenga o no movimiento tu empresa.
- Alta en el SPPLD de tu empresa y de tu Representante designado
- Expediente único por cliente, armado una vez y reutilizado en cada operación nueva
- Screening contra listas de riesgo (personas políticamente expuestas, listas de sancionados) antes de aceptar la operación, no después
- Acumulación de operaciones a 6 meses, para saber cuándo una operación menor se vuelve reportable por sumar con las anteriores
- Aviso mensual o informe en ceros, presentado a más tardar el día 17 de cada mes, todos los meses, con o sin movimiento
- Resguardo del expediente por 10 años, conforme a la reforma 2025
- Manual de PLD y capacitación anual de tu equipo, el documento que se pide mostrar en la visita
Lo que cuesta no hacerlo
Los números son de la ley, con la UMA vigente de 2026 ($117.31). No hace falta dramatizarlos.
| Situación | Rango en UMA | Rango en pesos |
|---|---|---|
| Aviso presentado fuera de tiempo | 2,000 a 10,000 UMA | $234,620 a $1,173,100 MXN |
| Omisión del aviso | 10,000 a 65,000 UMA | Hasta $7.6 millones MXN, por operación |
| Visita de verificación del SAT | Sin citatorio previo | Sanción directa en varios supuestos, sin audiencia previa |
Si nadie en tu empresa tiene claro cuándo fue el último aviso presentado, ese es el síntoma que responde esta página.
Cómo funciona
El mismo proceso detrás de todo lo que hace Rafik. Recibes el aviso presentado, no una checklist.
Nos cuentas cómo opera tu empresa
Qué vendes, rentas o desarrollas, y desde cuándo. No hace falta que sepas en qué fracción caes.
Los agentes producen con el contexto de tu empresa
Alta en el SPPLD, expedientes, screening y el aviso mensual, con tus datos reales, no una plantilla genérica.
Un abogado titulado aprueba y responde
Cada aviso lleva el aval de un abogado con cédula antes de presentarse. Tu Representante firma con el trabajo ya hecho.
Tu responsabilidad no se delega a un agente
El Representante Encargado del Cumplimiento sigue siendo una persona, con nombre y e.firma, ante el SAT. Eso no cambia. Lo que cambia es quién arma el expediente, corre el screening y prepara el aviso a tiempo: eso lo opera Rafik, y un abogado titulado revisa y aprueba cada aviso antes de que salga. Tu Representante firma con el trabajo ya hecho, no bajo presión el día 17.
Si en tu empresa nadie tiene designado un Representante todavía, la responsabilidad de PLD recae directamente en el Administrador Único o en el consejo, de forma personal. Es la primera pregunta que resolvemos en el diagnóstico.
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Diagnóstico PLD de 20 minutos
Te decimos qué fracciones te aplican, si ya deberías estar dando avisos, y qué te falta hoy. Si tu empresa no está obligada, te lo decimos en esa misma llamada.
